Parlamento Europeo: delitos medioambientales |
jueves, 22 de mayo de 2008 | |
El Parlamento Europeo ha dado el visto bueno definitivo a la directiva que obliga a todos los países de la Unión Europea a incluir en sus normativas los delitos contra el medio ambiente. La directiva prevé su cumplimiento por parte de los Estado miembros en un plazo de dos años e incluye un listado de los actos que deberán considerarse delitos criminales en materia medioambiental (siempre y cuando, obviamente, se realicen de manera voluntaria o como resultado de una negligencia grave). El listado incluye los siguientes actos: el vertido de sustancias susceptibles de causar daños graves a la salud o al medio ambiente; el lanzamiento de residuos en alta mar; la producción, uso o transporte de material nuclear o nocivo para el ozono; el comercio o destrucción de flora y fauna protegidas, y las conductas que deterioren "significativamente" entornos protegidos, incluidas las derivadas de la construcción. Países como España, en los que ya está tipificada en sus códigos penales la figura del delito ambiental, deberán ampliar el número de actuaciones que pueden ser considerados delitos medioambientales al listado de la nueva Directiva Comunitaria. El texto de la directiva, aprobado por los eurodiputados por amplía mayoría, había sido objeto de un acuerdo previo entre los representantes de la Eurocámara y los del Consejo de la UE. Hoy lo ha sido por parte de los representantes permanentes de los 27 expresaron, por lo que la tramitación puede darse por finalizada. La directiva brinda un plazo de dos años a los Estados miembros para que hagan los cambios pertinentes en sus ordenamientos jurídicos. |
Saludos
Rodrigo González Fernández
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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